Desde el 1 de Enero de 2014, entró en vigor en bares, restaurantes y
servicios de catering, la nueva normativa sobre envasado de
aceiteras, aprobada por el consejo de Ministros, a propuesta del
Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente.
Por este real decreto, deben usarse en hostelería y restauración,
envases de aceiteras provistos de un sistema de apertura de garantía
de integridad, además de un mecanismo que impida que se puedan
rellenar una vez gastados. Se exceptúan de esta normativa los
aceites macerados por los restaurantes con diferentes especias o
condimentos (ajo, romero...).
Queda regulado también el etiquetaje obligatorio de los envases.
Para dar la opción de gastar los productos ya comprados antes del 1
de Enero, se accedió a una moratoria que finalizó el pasado 28 de
Febrero. Por tanto desde el primer fin de semana de Marzo, en todos
los bares, restaurantes y servicios de catering, se deben ver estos
envases nuevos.
La finalidad de esta iniciativa es garantizar la calidad y la
autenticidad de los aceites de oliva, mejorar la imagen de este
producto, y acercar al consumidor una mayor información sobre el
aceite y su procedencia. Esto beneficiará a los productores de
aceite, ya que se dará a conocer y promocionará su producto. En la
mesa en todo momento se podrá ver la etiqueta con el nombre del
aceite y su lugar de origen o denominación.
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Envase de aceite no rellenable |
La Unión Europea propuso implantar esta medida, pero se rechazó el
proyecto ante la oposición de países consumidores y no productores
de aceite, que se respaldan en el aumento del precio y en las malas
consecuencias medio ambientales que conlleva el incremento del uso de
envases.
Los representantes de la hostelería en España, se quejan del
incremento en los costes de entre un 30% y un 40%, y aseguran que la
cantidad de aceite utilizado se reducirá por parte del consumidor.
Según datos no oficiales, en la primera semana de marzo, la mitad de los negocios de hostelería no
habían retirado los envases rellenables todavía. Sin embargo, las
empresas productoras de aceite sí que se han adaptado a la nueva
normativa.
Las sanciones por incumplimiento pueden
ir desde 600 hasta 600.000 € dependiendo de la gravedad y de si se
trata de un fraude con riesgo para la salud.
Si quieres información más detallada
en el BOE aparecen todos los aspectos técnicos sobre este Real
Decreto 895/2013 de 15 de Noviembre que modifica al anterior Real
Decreto 1431/2003 de 21 de Noviembre.